Amparados
en la Resolución Número 8 de 1992 del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se encuentran
aquellos trabajadores que padecen de tuberculosis
en fase activa, para lo cual el régimen de
Seguridad Social le concede una prestación
equivalente al 100% del salario que devenguen en
su entidad. También se les otorga una subvención
equivalente al 100 % del salario que tenían
en sus centros de trabajo, con cargo a la seguridad
social, a estudiantes que son trabajadores y fueron
seleccionados a estudiar en cursos diurnos en la
enseñanza universitaria, amparados en el Decreto
Número 91 y la Resolución Número
1813 del Ministerio de Trabajo.
Se les reintegran a las empresas con cargo a la seguridad social,
determinados pagos que se les realizan, considerando el mínimo
establecido por concepto de salario, subsidio, invalidez parcial, invalidez
total y muerte, a los que han cumplido misiones internacionalistas
y a los combatientes de la guerra de liberación o de la lucha
clandestina en nuestro país. |